Rafael Martínez y el arte de dilatar

Su estrategia dilatoria, desarticulada por completo en los tribunales, confirma que, en una democracia funcional y moderna, ningún actor político está por encima de la ley ni puede evadir indefinidamente las consecuencias de sus actos. Hasta el último momento, el exgobernador hizo gala de un pobre asesoramiento jurídico.

Cuando un político derrotado en los tribunales recurre a maniobras desesperadas para evitar las consecuencias de sus actos, no solo compromete su propia legitimidad, sino que socava los cimientos mismos del sistema democrático. El caso de Rafael Alejandro Martínez, exgobernador del Magdalena cuya elección fue anulada por el Consejo de Estado, ilustra con precisión cómo las estrategias dilatorias pueden convertirse en un arma contra la justicia electoral.

El pasado 29 de mayo, la Sección Primera del Consejo de Estado rechazó contundentemente la recusación presentada por Martínez contra los magistrados que declararon nula su elección. La decisión no solo expone la fragilidad jurídica de sus argumentos, sino que revela un patrón preocupante: el uso sistemático de recursos procesales como mecanismo de resistencia ante decisiones judiciales adversas.

La cronología de los hechos que se presenta en el documento recién liberado resulta elocuente. Tras la sentencia del 8 de mayo que anuló su elección por doble militancia, Martínez desplegó una ofensiva legal en múltiples frentes: solicitud de aclaración y adición, petición de nulidad de la sentencia y, finalmente, recusación contra los cuatro magistrados de la Sección Quinta.

Esta estrategia de saturación procesal no es casual; responde a una lógica dilatoria que, como han dicho muchos expertos en la materia, busca ganar tiempo y generar desgaste institucional. Los fundamentos de la recusación revelan su debilidad jurídica: Martínez alegó que los magistrados tenían “abierta animadversión” contra él y su movimiento político Fuerza Ciudadana, citando como evidencia decisiones judiciales anteriores y un supuesto “doble rasero” en la aplicación de criterios sobre doble militancia.

Sin embargo, como señaló acertadamente la Sección Primera, confundir el desacuerdo con el contenido de una decisión judicial con parcialidad del juzgador constituye un error conceptual grave, igual al que expuso en la audiencia de interrogatorio. La jurisprudencia constitucional ha establecido con suficiente claridad que las recusaciones deben sustentarse en causales expresas y su interpretación es restrictiva, precisamente para evitar que se conviertan en instrumentos de evasión del ejercicio judicial.

Las actitudes asumidas por Martínez y su equipo jurídico, ejemplifican esta distorsión: transformar decisiones judiciales desfavorables en evidencia de animadversión personal constituye una inversión peligrosa de la lógica procesal. Más grave aún, resulta el factor temporal de la recusación, pues, los magistrados identificaron y pusieron de presente que el exgobernador había actuado en el proceso durante meses después de conocer los hechos que supuestamente lo fundamentaban, participando en audiencias, presentando alegatos y formulando solicitudes sin manifestar impedimento alguno.

Esta conducta procesal contradictoria no solo debilita su posición jurídica, sino que sugiere una utilización oportunista de la figura de la recusación. Podría decirse, dadas las evidencias, que el comportamiento de Martínez trasciende lo meramente procesal para convertirse en el síntoma recurrente de una patología más amplia en la política colombiana: la resistencia sistemática al abandono del poder. Cuando los actores políticos recurren a artilugios legales para evadir las consecuencias de sus actos, erosionan la confianza ciudadana en las instituciones y debilitan el Estado de derecho.

Esta estrategia dilatoria tiene costos institucionales concretos. Cada recurso infundado consume tiempo y recursos judiciales que podrían destinarse a casos legítimos, como los que cursan en su contra en los despachos penales, administrativos y fiscales. Más importante, genera incertidumbre en territorios como el departamento del Magdalena que requieren gobernabilidad efectiva

La decisión del Consejo de Estado envía una señal clara: los tribunales no tolerarán el uso abusivo de figuras procesales para dilatar el cumplimiento de decisiones judiciales firmes. La firmeza institucional que se reclama desde varios sectores de la opinión y la cosa pública departamental resulta fundamental para preservar la integridad del sistema electoral y mantener la confianza en la justicia.

Finalmente, es importante mencionar que Rafael Martínez ha convertido su resistencia judicial en una lección involuntaria sobre los límites del sistema en un contexto como el actual, donde la polarización política amenaza la estabilidad institucional. La respuesta judicial tiene que ser contundente ante maniobras dilatorias como esta, ya que, constituye una salvaguarda esencial para la democracia.

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